¿Qué es la formación bonificada?
- El nuevo modelo de Formación Continua establece que todas las empresas disponen de un Crédito para la formación de sus trabajadores que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de Bonificaciones a las Seguridad Social, una vez realizada la formación.
- Este Crédito posee un alcance temporal anual, lo que significa que si la empresa no hace uso de él, lo pierde; no es acumulable de un año para otro.
- El importe del crédito varía en función del número de trabajadores, siendo el crédito mínimo 420 euros (empresas entre 1 y 5 trabajadores).
¿Quiénes se pueden beneficiar?
Pueden beneficiarse todas las empresas que tengan centro o centros de trabajo en el territorio del Estado Español, que coticen por la contigencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.
Si la empresa tiene en plantilla más de 10 trabajadores, es necesaria una Aportación privada o cofinanciación (la cual, necesariamente no tendrá que ser económica).
Requisitos
Las empresas deben:
- Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de la contabilidad el gasto del curso.
- Tener dado de alta al trabajador en régimen general, en el inicio del curso.
- Hallarse al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Catálogo de cursos
Debajo de estas líneas puedes ver on-line nuestro catálogo de cursos de formación bonificada. Si lo deseas, también puedes descargártelo o verlo a pantalla completa usando los botones destinados a ello.



















